El profesorado, el personal de gestión y otro personal educativo

España
Los maestros y el personal de educación pueden estar divididos en dos grupos dependiendo del campo donde se enseña: universitario y no universitario.
Las normas básicas que regulan los requisitos para acceder al servicio público de la enseñanza, la formación inicial y continua, y las condiciones de reconocimiento, apoyo y valor de aquellos maestros que imparten la enseñanza no universitaria son la Ley de Educación de 2006 y la Ley de 2013 sobre la Mejora de la Calidad de Educación.
Las condiciones de trabajo para los maestros pueden variar en función de la titularidad de los lugares de trabajo, la situación laboral (funcionarios públicos, interinos, etc.) y el nivel de estudios que imparten.
Desde 2011, la situación económica que se vive en España ha obligado a que se tomen medidas encaminadas a garantizar la estabilidad presupuestaria y la racionalización del gasto público en el campo de la educación, teniendo un gran impacto en las condiciones laborales de los maestros.
Dinamarca
Desde enero de 2008, la formación de maestros de Educación Infantil (Licenciatura en Educación Social) y maestros de escuela (Licenciatura en Educación para profesores de Enseñanza Primaria y Secundaria Inferior) tiene lugar en los colegios universitarios de Dinamarca. Estos colegios son instituciones sin ánimo de lucro en virtud de la administración pública.
Generalmente, la formación inicial de los profesores en la Enseñanza Secundaria Superior se lleva a cabo en las universidades danesas. Para ello, los estudiantes reciben una formación educativa de índole general con el fin de obtener el título de la especialidad escogida por ellos mismos, seguido de la realización de un programa de formación profesional para maestros.
Diferencias comparativas entre ambos países
En el caso de España, en las escuelas privadas con fondos públicos, las estructuras de gobierno obligatorias son el Director, el Consejo Escolar y el Claustro de Profesores. Por el contrario, las escuelas privadas tienen autonomía para determinar su organización y funcionamiento, teniendo la libertad de crear sus propias estructuras de gobierno.
En las universidades financiadas con fondos públicos, el ejercicio de las funciones administrativas, la gestión económica y la organización de la enseñanza corresponde a los diferentes órganos de gobierno de las universidades. El principio básico de su organización lo conforma la propia comunidad universitaria: el profesorado, los estudiantes y el personal administrativo y de servicio.
Por otro lado, en Dinamarca, los Directores de las escuelas e instituciones para niños pequeños ejercen también como responsables de la gestión administrativa y pedagógica que se lleva a cabo en ellos. No se produce una promoción automática de las funciones de gestión, ya que éstos son elegidos en base a sus resultados. Los Directores de las escuelas en estos niveles de educación son reclutados por el Consejo Municipal después de haber sido evaluados y recomendados por la Junta Consultiva de la escuela, formada por el profesorado y por los padres de los alumnos.
En los centros de enseñanza superior, la Junta de cada institución es la encargada de contratar o despedir al Rector. La Ley de Universidades establece que el procedimiento de contratación debe asegurar que el Rector siempre disponga de legitimidad académica y de gestión. Dicha Junta está formada por miembros externos e internos en representación del personal académico, el personal técnico y administrativo y los propios estudiantes del centro.